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miércoles, 27 de abril de 2016

REFORMA LABORAL
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL RECHAZÓ LA TITULARIDAD SINDICAL  Y TAMBIÉN PARCIALMENTE LA IMPUGNACIÓN  CONTRA LA EXTENSIÓN DE BENEFICIOS









El Tribunal Constitucional (TC) acogió en parte los requerimientos presentados por senadores y diputados de  oposición en contra de cuatro normas del proyecto de reforma laboral, el que fue despachado por el Congreso el 6 abril.


De este modo se declaró inconstitucional la titularidad sindical y se rechazó de forma parcial la impugnación contra la norma de extensión de beneficios.


La norma de la titularidad establecía que era el sindicato el único titular para encabezar la negociación colectiva con el empleador, eliminando los grupos negociadores. Esto era cuestionado por la oposición, al considerar que la única forma de acceder a los beneficios era afiliándose al sindicato.

En cuanto a la extensión de beneficios se acordó acoger parcialmente el reclamo respecto a los nuevos afiliados del sindicato.

Sobre el acceso a información de los sindicatos, el TC rechazó declararlo inconstitucional por empate de votos, en cuanto a la planilla de los trabajadores involucrados en la negociación y respecto de otras informaciones.

Por último, sobre la obligatoriedad de la negociación interempresa se acordó rechazar la petición de inconstitucionalidad por empate de votos.

Los fallos del Tribunal Constitucional no son apelables por lo que el Ejecutivo deberá promulgar la reforma laboral sin la norma relativa a la titularidad sindical.
Rodrigo Pica, secretario del Tribunal, informó que por 6 votos contra 4 se optó por declarar inconstitucional la medida sobre titularidad sindical.
El presidente de la UDI, Hernán Larraín, señaló que “es una gran derrota para la idea del monopolio sindical y que lleva al gobierno a repensar la forma de trabajar esta Reforma Laboral”.
Sobre el punto, el abogado de la oposición, Sergio Morales, sostuvo que con la titularidad sindical ”los derechos colectivos pasan por encima de las garantías y libertades individuales de las personas”, según consigna la web de Libertad y Desarrollo.
La decisión fue tomada por el TC luego de que este lunes escuchara los alegatos de 47 intervinientes a favor y en contra de la impugnación.
La Reforma Laboral fue despachada por el Congreso, luego de 14 meses de discusión, por lo que Chile Vamos decidió llevar el caso al TC, al igual como ocurrió en diciembre pasado con la glosa presupuestaria para la gratuidad, que obligó al Gobierno a sacar adelante una “ley corta”.

Detalles de lo tratado por el TC
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Extensión de beneficios: se acogió parcialmente respecto a nuevos afiliados y se rechazó en lo demás con empate de votos, con voto dirimente del presidente del tribunal y un voto en particular. Se mantiene como está en la ley despachada por el Congreso.
Acceso a la información: sobre remuneraciones, se rechazó solicitud de inconstitucionalidad con empate de votos, con voto dirimente del presidente. Respecto a otras informaciones, se rechazó por 8 votos contra 2, por lo que se mantiene según el Congreso.
Negociación interempresa: se rechazó inconstitucionalidad en empate de votos, con voto dirimente del presidente del tribunal, por lo que se mantendrá como salió del Congreso.
El texto del fallo será publicado a más tardar el 9 de mayo, y la fundamentación será revelada una vez que la sentencia se firme, agregó el secretario Rodrigo Pica.
Ciertamente el Gobierno sufrió un duro revés con el veredicto dado a conocer por el TC.
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