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lunes, 20 de enero de 2014

20-1-2014-KRADIARIO-884 

A 40 AÑOS DEL GOLPE MILITAR LA JUSTICIA INVESTIGA ASESINATO DE ARQUITECTO DE LA UNIVERSIDAD CATÓLICA

Por Hernán Ávalos Narváez

El ministro en visita de la Corte de Apelaciones de Santiago, Hernán Crisosto, dictó auto de procesamiento por el asesinato con arma de fuego de Leopoldo Raúl Benítez Herrera, de 37 años de edad, profesor de la Facultad de Arquitectura de la Pontificia Universidad Católica de Chile, hecho ocurrido seis días después del Golpe de Estado de 1973, en el contexto de la persecución ordenada por la Junta Militar de Gobierno a los partidarios del fallecido Presidente Allende.

  En la causa el magistrado Crisosto sometió a proceso al general de Carabineros (r) Sergio Horacio Jiménez Albornoz, en calidad de autor del homicidio calificado de Benítez Herrera, delito perpetrado, en la comuna de Macul, el 17 de septiembre de 1973, luego de una denuncia anónima y posterior allanamiento de la vivienda en donde estaba la víctima.
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Jiménez Albornoz era teniente a la fecha del crimen. Durante su carrera policial ocupó diversos puestos de mando institucional, descollando como Director de Educación e Instrucción de Carabineros. Además fue laureado esgrimista en la década del 70, campeón de Chile en la especialidad de espada, miembro del equipo nacional en torneos sudamericanos, panamericanos y olímpicos.

Según la resolución judicial, los hechos acreditados en la investigación ocurren a partir de las 20 horas de ese día, “mientras estaba en vigencia el toque de queda dispuesto por la Junta Militar que había depuesto días antes al gobierno constitucionalmente constituido” indica textualmente el fallo del ministro Crisosto.
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Leopoldo Benítez Herrera, de 37 años, arquitecto, profesor de la Pontificia Universidad Católica de Chile y simpatizante de izquierda, según la investigación judicial, estaba en el domicilio de sus suegros ubicado en calle Los Olmos Nº2930, comuna de Macul.
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El inmueble fue allanado por efectivos de la Escuela de Suboficiales de Carabineros, “quienes en el marco de una selectiva represión a simpatizantes del gobierno depuesto, procedieron a llevarse a Benítez, en contra de su voluntad, en una micro tripulada por efectivos de la misma  institución, lo que fue presenciado por familiares que le acompañaban en el hogar”.
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Luego, a los pocos minutos que se llevaran a Leopoldo Benítez Herrera, sus parientes escucharon una ráfaga  de metralleta. Luego su cónyuge concurrió a la Escuela de Suboficiales donde recibió información falsa sobre su paradero.
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El cadáver de Benítez Herrera, fue encontrado por su familia el 24 de septiembre de ese mismo año en el Servicio Médico Legal de Santiago, siendo la causa de muerte, según el informe de autopsia, “múltiples heridas a bala”, constando de los antecedentes que el cuerpo fue encontrado por militares en la vía pública, alrededor de las 01:00 horas del día 18 de septiembre de 1973, con heridas de bala.

Los hechos anteriormente descritos, agrega la resolución, son constitutivos del delito de homicidio calificado en la persona de Leopoldo Raúl Benítez Herrera, previsto y sancionado en el artículo 391 N°1 del Código Penal, vigente a la época, “comprobado que fuere que terceros le dieron muerte con alevosía, abandonándolo en la vía pública”.
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El procesado Jiménez Albornoz fue enviado a prisión preventiva a la 26.a comisaría de Carabineros de Pudahuel, donde habitualmente son recluidos los ex carabineros encausados por violaciones a los derechos humanos.

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