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viernes, 25 de octubre de 2013

25.10.2013-KRADIARIO

LA “VIVIENDA ECONÓMICA” DE LA EVELYN

Por Patricio Herman (*)

Dentro de la pelea a muerte que sostienen los 2 candidatos presidenciales de la derecha, el sobre-expuesto periodista Patricio Mery, vocero de la campaña de Franco Parisi, emplazó con bastante publicidad a la abanderada presidencial, Evelyn Matthei, a “qué explique por qué no ha pagado durante 30 años las contribuciones de su casa, por cuánto hay ampliaciones sin regularizar”.

Como la candidata de la Alianza no se ha referido al caso, denunciado anteriormente por Cambio21, con el propósito de entregar mayores antecedentes a los evidenciados por Mery y para que los lectores dimensionen en su mérito la situación reiterada por el acusador, resumimos el episodio de la siguiente manera:

La casa unifamiliar que habita con su marido es de su padre -General del Aire ® Fernando Matthei- la que fue recibida oficialmente por la Dirección de Obras Municipales de Las Condes acogiéndose a las innumerables franquicias tributarias que otorga el DFL2 de 1959 porque fue considerada "vivienda económica" con una superficie útil edificada de 139 m2, un poco menos de los 140 m2 exigidos para contar con los beneficios que brinda esa antigua y hoy injustificada legislación.

Mery imputó a Matthei que en su casa del barrio alto se habían edificado en 1977 dos nuevas habitaciones las que sumarían 60 m2, sin los permisos respectivos, es decir, serían irregulares y que, además, el cierre perimetral del terreno sobrepasa los guarismos establecidos en la normativa vigente en el Plan Regulador Comunal (PRC) y en la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones (OGUC). El vocero de la candidatura de Parisi dijo -en entrevista con CNN Chile- que por estas malas decisiones utilizadas por ella, ya que así evadió el pago correcto de las contribuciones de bienes raíces, nadie la ha tratado de ladrona a pesar de que existen denuncias en el SII por esa evasión de impuestos por más de tres décadas. 

Ahora bien, la vivienda económica en cuestión, durante los primeros 10 años desde que fue recibida por la Municipalidad de Las Condes, debió pagar solo el 50% de las contribuciones de bienes raíces, conforme a lo establecido en el DFL2 y si en 1977 las ampliaciones hubieran contado con los permisos respectivos, ese mismo año habría perdido las franquicias tributarias, pero como ello no aconteció, como lo dijo Mery, dicho inmueble continuó acogido a todas las prebendas vigentes en la institucionalidad. En esta ocasión no explicitaremos lo que sucede con el no pago de contribuciones en los casos de viviendas más pequeñas porque no vienen al caso.


Las "viviendas económicas" acogidas al DFL2 disfrutan de los siguientes otros favores por parte del Estado: 1) la exención que tiene su propietario de declarar en el SII las rentas que generan a perpetuidad, es decir, los dineros que reciben sus dueños por arriendo no son ingresos tributables. 2) si se vende la vivienda estará libre de impuestos en la medida de que haya transcurrido más de un año entre la fecha de compra y de venta. 3) no pagan impuestos de herencia y donaciones. 4) Si se compra con crédito hipotecario, existe una rebaja del 50% en el impuesto de timbres. 5) Tratándose de inmuebles nuevos se paga solo el 50% de los aranceles para la inscripción en el Conservador de Bienes Raíces. 6) Desde hace un par de años los beneficios del DFL2 rigen solo para 2 viviendas por persona natural, pero las clasificadas como tales con anterioridad no pierden sus franquicias. 

En resumen, si hoy en día la propiedad excede los 140 m2 edificados, ya no es DFL2 y por lo tanto para el pago de contribuciones de bienes raíces se aplica la norma general de acuerdo a la calidad de la construcción y de los valores de mercado del suelo en el sector urbano en donde se emplaza y desconocemos si el SII, a requerimiento expreso de la Municipalidad de las Condes, está cobrando correctamente este tributo y desde cuándo.

Evelyn, gran promotora de la transparencia y de las buenas prácticas privadas, tiene la oportunidad de aclarar la situación indicando públicamente cómo se originó el "error administrativo" que le significó distraídamente enterar menos dinero por concepto de contribuciones en la Tesorería General de la República. De esta manera el portavoz de su ocasional contendor y la opinión pública en general, sabrán que fue lo efectivamente sucedido hace tantos años con el inmueble habitacional de su papá que ella ocupa.

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